ACTIVIDADES DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA Y DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Semana del 3 al 7 de abril de 2000 n° 12/00
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ACTIVIDADES DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA Y DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Semana del 3 al 7 de abril de 2000 n° 12/00

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TRIBUNAL DE JUSTICIA CUIRT BHREITHIUNAIS DELAS NA COMUNIDADES EUROPEAS gCOMHPHOBAL EORPACH DE EUROPÆISKE FÆLLESSKABERS CORTE DI GIUSTIZIA DOMSTOL DELLE COMUNITÀ EUROPEE GERICHTSHOF DER HOF VAN JUSTITIE EUROPÄISCHEN GEMEINSCHAFTEN VAN DE EUROPESE GEMEENSCHAPPfcN ΔΙΚΑΣΤΗΡΙΟ LUXEMBOURG ΤΩΝ TRIBUNAL DE JUSTIÇA ΕΥΡΩΠΑΪΚΩΝ ΚΟΙΝΟΤΗΤΩΝ DAS COMUNIDADES EUROPELAS COURT OF JUSTICE OF THE EUROOPAN YHTEISÖJEN EUROPEAN COMMUNITIES TUOMIOISTUIN COUR DE JUSTICE EUROPEISKA DES GEMENSKAPERNAS COMMUNAUTÉS EUROPÉENNES DOMSTOL ACTIVIDADES DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA Y DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Semana del 3 al 7 de abril de 2000 n° 12/00 SUMARIO página pagina I. SENTENCIAS Tribunal de Justicia Asunto C-286/95 Ρ 7 ComisióndelasComunidades Europeas/ImperialChemicalIndustries pic (ICI)Competencia Asunto C-269/97 1 ComisióndelasComunidades Europeas/Asuntos acumulados C-287/95 Ρ y C-288/95PUConsejodelaUniónEuropea Comisión de las Comunidades Europeas / Agricultura Solvay SA Competencia Asunto C-465/983Verein gegen Unwesen in Handel und Gewerbe Asunto C-256/98 13 Köln eV / Adolf Darbo AG ComisióndelasComunidades Europeas/Aproximación de las legislaciones RepúblicaFrancesaMedioambienteyconsumidores Asunto C-383/98 6 ThePolo/LaurenCompany LP / PT.

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TRIBUNAL DE JUSTICIA CUIRT BHREITHIUNAIS
DELAS NA
COMUNIDADES EUROPEAS gCOMHPHOBAL EORPACH
DE EUROPÆISKE FÆLLESSKABERS CORTE DI GIUSTIZIA
DOMSTOL DELLE
COMUNITÀ EUROPEE
GERICHTSHOF
DER HOF VAN JUSTITIE
EUROPÄISCHEN GEMEINSCHAFTEN VAN DE
EUROPESE GEMEENSCHAPPfcN
ΔΙΚΑΣΤΗΡΙΟ LUXEMBOURG
ΤΩΝ TRIBUNAL DE JUSTIÇA
ΕΥΡΩΠΑΪΚΩΝ ΚΟΙΝΟΤΗΤΩΝ DAS
COMUNIDADES EUROPELAS
COURT OF JUSTICE
OF THE EUROOPAN YHTEISÖJEN
EUROPEAN COMMUNITIES TUOMIOISTUIN
COUR DE JUSTICE EUROPEISKA
DES GEMENSKAPERNAS
COMMUNAUTÉS EUROPÉENNES DOMSTOL
ACTIVIDADES DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA Y DEL TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS
Semana del 3 al 7 de abril de 2000
n° 12/00
SUMARIO
página pagina
I. SENTENCIAS
Tribunal de Justicia Asunto C-286/95 Ρ 7
ComisióndelasComunidades Europeas/
ImperialChemicalIndustries pic (ICI)
Competencia Asunto C-269/97 1
ComisióndelasComunidades Europeas/
Asuntos acumulados C-287/95 Ρ y C-288/95PUConsejodelaUniónEuropea
Comisión de las Comunidades Europeas / Agricultura
Solvay SA
Competencia Asunto C-465/983
Verein gegen Unwesen in Handel und Gewerbe
Asunto C-256/98 13 Köln eV / Adolf Darbo AG
ComisióndelasComunidades Europeas/Aproximación de las legislaciones
RepúblicaFrancesa
Medioambienteyconsumidores Asunto C-383/98 6
ThePolo/LaurenCompany LP / PT.Dwidua
Asunto C-443/9716LanggengPratamaInternational Freight
Reino de España / Comisión de las Forwarders
Comunidades Europeas Políticacomercial
Política regional Asunto C-226/98 17 Asunto C-470/98 24
Birgitte Jørgensen / Foreningen af Comisión de las Comunidades Europeas /
Speciallæger, Sygesikringens República Helénica
Forhandlingsudvalg
Asunto C-37/99Política social
Procédure pénale contre Roelof Donkersteeg
Asunto C-55/99 25 Tribunal de Primera Instancia
Comisión de las Comunidades Europeas /
Asunto T-188/98 21 República Francesa
Aldo Kuijer / Consejo de la Unión Europea
Derecho institucional
III. NUEVOS ASUNTOS
IL CONCLUSIONES Tribunal de Justicia 25
Asunto C-142/99 23
Floridienne SA y Berginvest SA / État belge IV. COMUNICACIÓN
Asunto C-109/994 Nueva forma de citar los artículos de los
Association basco-béarnaise des opticiens Tratados 28
indépendants / Préfet des Pyrénées-Atlantiques I. SENTENCIAS
Tribunal de Justicia
Asunto C-269/97
Comisión de las Comunidades Europeas / Consejo de la Unión Europea
Agricultura
4 de abril de 2000
«Reglamento (CE) n° 820/97 — Base jurídica»
(Tribunal de Justicia en Pleno)
escrito presentado en la Secretaría del Tribunal Consejo, una vez que éste hubo modificado, en
de Justicia el 22 de julio de 1997, la Comisión de particular, la base jurídica optando por el
las Comunidades Europeas solicitó, con arreglo artículo 43 del Tratado.
al artículo 173 del Tratado CE (actualmente
artículo 230 CE, tras su modificación), la La Comisión alega que la adopción del
anulación del Reglamento (CE) n° 820/97 del Reglamento impugnado tomando como base el
Consejo, de 21 de abril de 1997, por el que se artículo 43 del Tratado y con arreglo a los
establece un sistema de identificación y registro procedimientos que en él se establecen constituye
de los animales de la especie bovina y relativo al un vicio sustancial de forma en el sentido del
etiquetado de la carne de vacuno y de los artículo 173, párrafo segundo, del Tratado.
productos a base de carne de vacuno. Considera, con carácter principal, que la base
jurídica correcta del Reglamento impugnado es
2 de octubre de 1996, la Comisión presentó dos el artículo 100 A del Tratado y, con carácter
propuestas de Reglamento. Una de ellas subsidiario, que dichoo habría debido
establecía un sistema de identificación y registro basarse en los artículos 43 y 100 A del Tratado.
de los animales de la especie bovina y la otra se En ambos supuestos, habría debido adoptarse
refería al etiquetado de la carne de vacuno y de con arreglo al procedimiento de codecisión.
los productos a base de carne de vacuno. Ambas
propuestas se basaban en el artículo 43 del Según la Comisión, la utilización del artículo
Tratado CE (actualmente artículo 37 CE, tras su 100 A del Tratado estaba justificada por el hecho
modificación). de que el objetivo principal del Reglamento
impugnado es la protección de la salud humana,
contemplada en el artículo 129 del Tratado CE
(actualmente artículo 152 CE, tras su Posteriormente, la Comisión fusionó las dos
modificación), y, en un ámbito tan importante, el propuestas de Reglamento y presentó, el 7 de
Parlamento debe poder participar en el proceso marzo de 1997, una propuesta modificada única
legislativo. basada en el artículo 100 A del Tratado.
En el marco del sistema de competencias de la
Comunidad, la elección de la base jurídica de un El 21 de abril de 1997, el Reglamento
acto debe fundarse en elementos objetivos impugnado fue adoptado por unanimidadI - por el susceptibles de control jurisdiccional. Entre Así pues, el Reglamento impugnado se refiere a
dichos elementos figuran, en especial, la finalidad la producción y a la comercialización de
y el contenido del acto. productos agrícolas.
Carecen de incidencia a este respecto el deseo de El Reglamento pretende restablecer la
una Institución de participar de forma más estabilidad del mercado de la carne de vacuno y
intensa en la adopción de un acto determinado, de los productos a base de carne, desestabilizado
el trabajo realizado respecto a una cuestión por la crisis de la EEB, mejorando la
distinta en el ámbito de acción en el que se transparencia de las condiciones de producción y
incluye el acto o el contexto de la adopción de de comercialización de los productos en cuestión,
este último. en particular, en materia de rastreabilidad.
Por otra parte, los actos comunitarios deben ser Los sistemas de identificación y de registro de los
adoptados de conformidad con las normas del animales de la especia bovina y de etiquetado de
Tratado vigentes en el momento de su adopción. la carne contribuirán de manera fundamental a
Sería contrario al principio de la seguridad perseguir dicho objetivo.
jurídica tomar en consideración, para determinar
la base jurídica del acto, una supuesta evolución El Reglamento impugnado hace referencia a la
de las relaciones interinstitucionales que todavía obligación de identificación y de registro de los
no hubiera sido consagrada en los textos legales animales destinados al comercio
o que resultara de disposiciones del Tratado que intracomunitário, prevista en la Directiva
aún no hubieran entrado en vigor. 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990,
relativa a los controles veterinarios y zootécnicos
Por consiguiente, procede comprobar, haciendo aplicables en los intercambios intracomunitários
referencia al Tratado CE en su versión vigente en de determinados animales vivos y productos con
la fecha de adopción del Reglamento impugnado, vistas a la realización del mercado interior,
si este último fue acertadamente adoptado sobre respecto a la cual el Tribunal de Justicia ha
la base del artículo 43, por estar incluido en la declarado que fue acertadamente adoptada sobre
Política Agrícola Común, o si debería haberse la base del artículo 43 del Tratado.
optado por el artículo 100 A, debido a que dicho
Reglamento tenía por objetivo y como contenido El noveno considerando de este Reglamento
la protección de la salud pública y/o la señala, por último, la necesidad de adoptar un
protección de los consumidores en el sentido de Reglamento específico para el ganado vacuno
los artículos 129 y 129 A del Tratado, o incluso con el fin de reforzar las disposiciones de la
si debería haber sido adoptado sobre la base de Directiva 92/102, respecto a la cual es importante
los artículos 43 y 100 A del Tratado. recordar que también fue adoptada sobre la base
del artículo 43 del Tratado.
El artículo 43 del Tratado constituye la base
jurídica apropiada para toda normativa relativa a Al regular las condiciones de producción y de
la producción y a la comercialización de los comercialización de la carne de vacuno y de los
productos agrícolas. productos a base de carne deo con el
ánimo de aumentar la transparencia de tales
condiciones, el Reglamento impugnado tiene El contenido del Reglamento impugnado, que las
como finalidad esencial alcanzar los objetivos del partes no discuten, consiste en dictar las normas
artículo 39 del Tratado, en particular la necesarias, por un lado, para la identificación y el
estabilizació

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