Boletín de las Comunidades Europeas. N° 9 1990 23.° año
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ISSN 0378-3677 Boletín de las Comunidades Europeas Comisión N° 9 1990 23.° año El Boletín de las Comunidades Europeas da cuenta cada mes (11 números al año) de las actividades de la Comisión, así como de las demás instituciones comunitarias. Lo edita la secretaría general de la Comisión de las Comunidades Europeas (rue de la Loi 200, B-1049-Bruselas) en las lenguas oficiales de la Comuni­dad. Se autoriza la reproducción de los textos publicados siempre y cuando se indique la fuente. Con objeto de facilitar la consulta del Boletín en las diversas ediciones lingüísticas y de asegurar la concordancia, los textos van numerados según el sistema siguiente: la primera cifra designa la parte, la segunda el capítulo, la siguiente o las siguientes los diversos puntos corrientes de cada capítulo. Las citas deben presentarse, por lo tanto, según el modelo siguiente: Bol. CE 1-1987, punto 1.1.3 o 2.2.36, por ejemplo. Se publican Suplementos del Boletín, con periodicidad irregular, en forma de fascículos, formando cada año una serie cuya numeración es distinta de la del Boletín. Recogen textos oficiales de la Comisión (comunicaciones al Consejo, programas, informes, proposiciones). © CECA-CEE-CEEA, Bruselas · Luxemburgo, 1990. Se autoriza la reproducción, citando la procedencia, excepto para fines comerciales.

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Langue Español
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ISSN 0378-3677
Boletín
de las Comunidades
Europeas
Comisión
N° 9 1990 23.° año El Boletín de las Comunidades Europeas da cuenta cada mes (11 números al año) de las actividades de la
Comisión, así como de las demás instituciones comunitarias. Lo edita la secretaría general de la Comisión de
las Comunidades Europeas (rue de la Loi 200, B-1049-Bruselas) en las lenguas oficiales de la Comuni­
dad.
Se autoriza la reproducción de los textos publicados siempre y cuando se indique la fuente.
Con objeto de facilitar la consulta del Boletín en las diversas ediciones lingüísticas y de asegurar la
concordancia, los textos van numerados según el sistema siguiente: la primera cifra designa la parte, la
segunda el capítulo, la siguiente o las siguientes los diversos puntos corrientes de cada capítulo. Las citas
deben presentarse, por lo tanto, según el modelo siguiente: Bol. CE 1-1987, punto 1.1.3 o 2.2.36, por
ejemplo.
Se publican Suplementos del Boletín, con periodicidad irregular, en forma de fascículos, formando cada año
una serie cuya numeración es distinta de la del Boletín. Recogen textos oficiales de la Comisión
(comunicaciones al Consejo, programas, informes, proposiciones).
© CECA-CEE-CEEA, Bruselas · Luxemburgo, 1990.
Se autoriza la reproducción, citando la procedencia, excepto para fines comerciales.
Printed in Belgium Boletín
de las Comunidades
Europeas
Comisión
CECA — CEE — CEEA
Comisión de las Comunidades Europeas
Secretaria general
Bruselas
N° 9 1990 23° año
Texto original terminado en octubre de 1990 Servicio de información del Boletín
Los lectores pueden obtener información complementaria sobre los cambios ocurridos con posterio­
ridad a la aparición del presente Boletín (fechas de adopción por el Consejo, dictámenes del
Parlamento, del Comité Económico y Social, Diario Oficial, etc., referidas a una rúbrica determi­
nada) telefoneando a los servicios de documentación de las oficinas de representación de la Comisión
de las Comunidades Europeas, a los números siguientes:
Teléfono: 435 17 00/435 15 28
415 81 77 (5 líneas)
Aviso al lector:
(-+ punto...): se remite a un texto del presente Boletín.
Abreviaturas armonizadas para la designación de algunas unidades monetarias en las diferen­
tes lenguas de la Comunidad:
= ECU Unidad Monetaria Europea
= BFR Belgische frank / Franc beige
DKR = Dansk krone
= DM Deutsche Mark
= DR Drachma
= ESC Escudo
= FF Franc français
HFL = Nederlandse gulden (Hollandse florijn)
IRL = Irish pound / Punt
LFR = Franc luxembourgeois
LIT = Lira italiana
= PTA Peseta
UKL = Pound sterling
USD United States Dollar sumario
a DA DXC ACTIVIDADES EN SEPTIEMBRE
I. Ι ΜΠ I HDE 1990
1. Unificación alemana y relaciones con la República Democrática
Alemana
2. Mercado único y espacio económico y social comunitario 11
— Mercado interior 11
—Competencia19
—Dimensiónsocial22
—Políticaregional25
— Política de investigación y tecnología 27
— Política de medio ambiente32
— Política de la empresa yestrategiaindustrial36
— Política agraria 38
—Políticapesquera50
—Políticadetransportes52
—Políticadelaenergía53
—Información,comunicación, cultura54
—Europadelosciudadanos55
3. PapeldelaComunidaden el mundo 57
— RelacionesconlospaísesdeEuropacentraly oriental 57
— s con los paísesdelaAsociaciónEuropea
de Libre Comercio (AELC)59
— Relaciones con los demáspaísesindustrializados 60
— Relaciones con los paísesdelMediterráneo,el golfo Pérsicoydela
península Arábiga 61
—Relacionesconlospaíses de Asia65
—sconlospaíses de América latina 65
—Relacionesconlospaíses de África,delCaribe y del Pacífico
(ACP)ylospaísesy territorios deultramar(PTU)65
—Accionesgeneralesde cooperaciónaldesarrollo69— Política comercial 71
—Organizacionesyconferencias internacionales76
—Losderechoshumanos en el mundo 77
—Relacionesdiplomáticas79
4. Cooperaciónintergubernamental80
— n Política Europea80
5. Financiación de las actividades comunitarias 86
— Presupuesto 86
—Actividadesfinancieras87
—BancoEuropeodeInversiones88
6. Actualidadestadística89
7. Institucionesyórganoscomunitarios 91
—ParlamentoEuropeo91
—Consejo95
— Comisión96
— Tribunal de Justicia y TribunaldePrimeraInstancia 100
— Comité Económico y Social106
— Comité Consultativo CECA 107
Ζ PARTEDOCUMENTACIÓN
1. Ecu 110
2.LaComunidad, ante las Naciones Unidas112
3.Procedimientos de infracción117
4.Referenciascomplementarias al Diario Oficial124
5.índice126Suplementos 1990
1/90 Programa de trabajo de la Comisión para 1990
2/90 Normativa comunitaria sobre el control de las operaciones de
concentración
3/90 Los contratos públicos en los sectores excluidos
4/90 La Comunidad Europea y la unificación alemana
Suplementos 1991
"1/91 Programa de trabajo de la Comisión para 1991
* De próxima aparición. P% ■■■■
1.a Ρ
ACTIVIDADES
EN SEPTIEMBRE DE 1990 1. Unificación alemana y relaciones
con la República Democrática Alemana
ficaciones de las propuestas de medidas provi­Revisión de las previsiones
sionales durante su examen y de su aprobación
financieras
definitiva.
DO C 260 de 15.10.1990
1.1.1. Propuesta de modificación del acuerdo
interinstitucional de 29 de junio de 1988 sobre la Aprobación de posiciones comunes por el Consejo
disciplina presupuestaria y la mejora del proce­ de Asuntos Generales, el 12 de septiembre. Con
dimientoo a raíz de la unificación algunas adaptaciones jurídicas o formales, el
Consejo recoge en sustancia las enmiendas del alemana (-» punto 1.5.1).
Parlamento aceptadas por la Comisión. Añade,
por otra parte, el artículo 100 A al fundamento
jurídico, lo que implica que en la aprobación
Medidas provisionales del reglamento se aplicará el procedimiento de
cooperación.
1.1.2. Directiva 90/476/CEE del Consejo sobre
Dictamen en segunda lectura del Parlamento
las medidass aplicables tras la uni­
Europeo, el 13 de septiembre. El Parlamento
ficación de Alemania y antes de la aprobación
aprueba las posiciones comunes pero propone
de la medidas transitorias que el Consejo debe­
dos nuevas enmiendas relacionadas respectiva­
rá adoptar en cooperación con el Parlamento
mente con la presentación ante el Consejo y el
Europeo: reglamento (CEE) n." 2684/90 del
Parlamento de las conclusiones de la Comisión
Consejo sobre las medidas provisionales aplica­
en caso de que algún Estado miembro argumen­
bles tras la unificación de Alemania y antes de
tara alguna dificultad, y con la inmediata publi­
la aprobación de las medidas transitorias que el
cación en el Diario Oficial de las medidas
Consejo deberá adoptar bien en cooperación,
adoptadas con arreglo a la directiva y al regla­
bien previa consulta con el Parlamento Euro­
mento en proyecto.
peo.
DO C 260 de 15.10.1990
• Referencias:
Comunicación de la Comisión sobre la Comuni­ Aprobación por la Comisión de propuestas reexa­
dad y la unificación alemana: COM(90) 400 y minadas el 14 de septiembre. La Comisión
Bol. CE 7/8-1990, punto 1.2.1
asume las dos enmiendas propuestas por el
Propuestas de medidas transitorias:
Parlamento.
COM(90)400 y Bol. CE 7/8-1990, punto 1.2.3
COM(90)437 • Propuestas de la Comisión: DO C 230 de 15.9.1990, 0 y Bol. CE 7/8-1990, punto 1.2.3
Aprobación del reglamento y la directiva por el
Dictamen en primera lectura del Parlamento Consejo de Asuntos Generales, el 17 de septiem­
Europeo sobre la propuesta de directiva, el 11 de bre. Este dispositivo provisional permite a la
Comisión autorizar a la República Federal de septiembre; dictamen del Parlamento Europeo
sobre la propuesta de reglamento, el 11 de sep­ Alemania a mantener provisionalmente en vigor
tiembre. Favorables, con algunas enmiendas unas normativas aplicables en el territorio de la
relacionadas en particular con la estrecha parti­ antigua República Democrática Alemana que
cipación del Parlamento en el proceso decisorio no se atienen a los actos de Derecho comunita­
rio. Dicho mantenimiento no puede sobrepasar previsto, con la fijación a 31 de diciembre de las
fecha límite para el plazo de validez de las los límites de las propuestas de la Comisión
medidas provisionales, la explicitación de las para las medidas transitorias. La autorización
consecuencias eco

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