Implicaciones éticas y jurídicas de la gestación post mortem: el "cadáver incubadora" ANTONIO MANUEL RODR ÍGUEZ RAMOS Un iversidad de Córdoba - Pero, ¿dónde quieres que vaya? - A cualquier palle. Derecho. siempre mlchmte ( ... ) - Derecho. siempre dela nte de uno, no se puede ir muy lejos. Antoinc de Saint-Exupéry. Eil Principuo. Ülra cosn sed ventil ;¡_rsi el nttcido 5.5 y 8.1 LTRA). Esto es así no porque l. LA GESTACIÓN POST :tSi es {(idéntico¡,) o no ul primero. al lo exija la biología, sino porque lo orMORTEM: OTRO EJEM ~cr ccgcn~licmncnte igu:th;. Sobrl! el dena la ley, al prohibir expresamente la )laflicuJar. vid. SAOADA. J.·VF:l.AlPLO DE LA DEROGA repro ducción humana asexual median (}UEI , J. L. Homhrts a la cana. Los CIÓN POR EL SER HU te clonación, sea por di visión del em diltmas de la bioétirn Temu; de hoy. Madri d. l. 998, pp. 65 y sodc mohumano nace. se reproduce y muere». hu mano pueda fecundar o gestar, repro dernas técnicas de manipulación Lo que se aprende a esa edad ni se olvi ducirse en defi nitiva. La fecundación genérica a pan ir del conocimiento da ni se discute, se to ma por dogma artifi cial con semen del varón ya falle de nuc~lro gcnoma. y. asómbrese, como el padrenuest ro. Me equivoqué. cido es autorizada lega!Jnenle en deter ¡de trario r. seres humanos de diferente sexo para Lorenzo Mesa. hijo de Milagros Loren t..>!