Boletín del Colegio Oficial de Médicos de la Provincia de Córdoba, n. 142 (1933)
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Boletín del Colegio Oficial de Médicos de la Provincia de Córdoba, n. 142 (1933)

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}'túmero ~xtraordinario :/ EOL~TÍ~ ICOLBGIO OFIC I Ah DE MEDIC OS 1 DE LA PROVlNCfA DE -~ÓR DO BA Año Xfii.- O úm. 1112 ;;~ PubliCJCión mt:ns1of >: mARZO DE 1933 ~~ ~~ -.--- ...... --~ ...... --~ ...... ~----~~~~~~~ ........... -...~ ....... t RAFAEL GARRIDO ZAMORA ! + jefe l~éaico ~~los Servicios ae R aaioclcclrctm;i 1 ~el Jtospital Provincial t • t t CONSULTA PA RTfCU LAR DE D OS A CfNCO + t Radioterapia profunda. Rddiografías. Diat ermia . Corri entes t f galvánicas y farádi cas. + t Se dispo ne de un aparato alcman uCoolina x • para r!ld iogra· t t fías fuera de la localidad. t ; l' la:t.a d{• l'Snn ,\;;uslin, 21 ~ CT~:l cos y farmac(!uticos, potlr:iu recurnr sición directa o por concurso de méri­ éstos en queja ante los ¡¡obcrnadores tos o de antigil.:dad , segim acuerdo de civiles, quienes exigirán de los A):nn­ la Corporación correspondien!e )' c_on tamicntos correspo nd1eulcs ccruhca sujeción a lus nornws re):lamentanas ciún de los gasl?s. que con c~1rgo al qu e oportunamente dicta rú el Minisle presupuesto J1111iH C1pal hayan ~1do sa r o de la Gobernación a propuesta de tisfechos; y si de su examen se d.edu la Dirección v;cneral de Sanidad. jera incumplimiento del art. 11 h. del Art. 2 ." Las instc1ncias solicitando Kcglamento de empleados .

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Publié le 01 janvier 1933
Nombre de lectures 14
Licence : En savoir +
Paternité, pas d'utilisation commerciale, pas de modification
Langue Español
Poids de l'ouvrage 2 Mo

Extrait

}'túmero ~xtraordinario
:/ EOL~TÍ~
ICOLBGIO OFIC I Ah DE MEDIC OS
1 DE LA PROVlNCfA DE -~ÓR DO BA
Año Xfii.- O úm. 1112 ;;~ PubliCJCión mt:ns1of >: mARZO DE 1933
~~ ~~
-.--- ...... --~ ...... --~ ...... ~----~~~~~~~ ........... -...~ .......
t RAFAEL GARRIDO ZAMORA !
+ jefe l~éaico ~~los Servicios ae R aaioclcclrctm;i 1 ~el Jtospital Provincial t
• t
t CONSULTA PA RTfCU LAR DE D OS A CfNCO +
t Radioterapia profunda. Rddiografías. Diat ermia . Corri entes t
f galvánicas y farádi cas. +
t Se dispo ne de un aparato alcman uCoolina x • para r!ld iogra· t
t fías fuera de la localidad. t
; l' la:t.a d{• l'Snn ,\;;uslin, 21 ~ C<orol .. h:. - 'l'••l4•1'uuo 1-1-:l-1'1 :
r~i~~~A~rn~~i;~~¡;~TUTOP~;~g--¡
Anticatarral Thayma
Febrífugo Thayma
1 Licor Thayma (Laxante) 1
Eudinol (Tónico) Efiltr e Jovectable /l
?idan mu~.stra5 a ¡'Ylanuel ~oozál~z,~~nes~s
CABRA (Cón.l.oba)
o ~ . .. ===·· LABORATOR IO DE ANÁL IS IS CLÍNICOS
FAh!N.lACI A
Doctor 3. Ba~ono ~ :José de Diego
Análisis completos de orinas, contenido gástrico, pus, esputos.
heces fecales, líquido céfa lo raquídeo.
SANGRE.- Anális químico (urea, crestinina, ácido úrico , gluco-
sa, curva de glucemia provocada, etc.)
lnv~stigación de ¡wásitos.
Reacciones de Wassermann, Meinic ke, Kahn y Muller
.Serodiagnósticos de Widal.
liemocult ivos, etc. , etc .
Preparación de las especialidades ANTIC UERPO S E. A . B. y TERPEHIZOL
Plaza de la Re¡Júhlica, n úm.14 .. Teléfono 1+5--7 ~ CÓRDOBA
LABORATORIO HIGIA
Fernún=Núñez (Cót•clobo)
\ B. Caracuel Ruiz, Médico ~
Di recc ión técnicll. Teléfono 99
1 J. Caracuel Losa da, Farmacéutico
DERrtiATtCOL PECTOFORMO
lBromofnrmo. Codcinn. Benzottto o;of:tt, cte.
{POIJUtdta ~\ ha ... t· tiC\ P f.' ll it lc•J).
En elixir).
C'i rulrb::antc, JmLil·~zetJmtn~a., N t., Nc- Cirip p.-.. 'L'os cn.tlll"rnl Asmn . Bron<¡nitis.
'f o!o; ferinn., d e.,
PUERISAN KAFEAN
('Iaualo tl{· ;!'-'lntinn n 2.). 1-'m .. rato tlt• ili:o~mntn Antin~untl;.rico. Annlgé~ieo. Antipirético .
. <ulnhle 0·20. En ,.1pelc-). (En sob res).
1
Infnlillle en In.' d ia>T~:l< infamik<. TAL.CO-ZtNC
(Talco de r('nct:in Ar idn ból"i to, Oxido dc-1
1 BISMUGELAN zinc, l·:<enda).
. . . . 1 . P:mt la higi~ne de ln. pirl de sriiorm: ~~
. .\nhdmrt·•'tco pnrn. nd u lto,. l·.n .:,f'll o:--. 111i10~.
froduetos oaeionale5, e5erupulosam~nt~ preparados
Muestras a disposición de los señores médicos que las soliciten ~úmero extraordinario
o------------------------------------------~
BOLETIN DEL COLEGIO OFICI/\L DE MEDICOS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
u-----------------------------------------------•
Ano Xlll.-fiÜfilERO 142 ~»~ 10 DE ffiARZO DE 1933
l•nl•ll~nción merumnl, grnCuUn ¡taro lo;o Heirorc->< ('olc-~lndoM
REDACCIÓN Y AOIIÓ N.: 1 REDACTORES: DIRECCIÓ":
Oftclnas ed ('olegio T d 1 ~ e 1 1 d 8eñur Pmldeo le del Colegln Plazo de lo RcpOtllc a, s!o nú mero 0 08 08 SeuOie8 0 ea 8 08
---------------------
Por ta importancia que para los m écUcos ¡• [arma·
céuticos lifnlares tienen la Le¡• a ellos referente de f.'i
de Septiembre último y el Reglamento de aplicación de
la misma, editamos con la e.rclusiM colaboracrón de
algunos compmleros p Laboratorios de esta provincia
y conforme prometimos en el BOLETIN de Noviembre,
este número e.rtraordinario dedil'adn a reproducir di·
chos tCJ'tos legales, creyendo que con ello preslamos
un buen servicio a los citados fac:ullativos, pa que así
facilmente pcdrán tener siempre a mano, donde c:onsul·
lar sobre la adecuada acción que requieran los pro-
blemas que, por 110 perder su cmti}!ua coslumbre, les
puedan plantear en lo futur o, los aruntamienlos a quie ·
nes presten su' scrl'il'ios. río ..Jel recurso contencioso-adminisLEY
lralivo que potlnín entablar las partes.
DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 1932 Arl. 3." Contra los iallos que se
dieren por los Aynnlamientos al ~c_so l­
Eb PRESIDEOr;E DE uA REPÚBb!CA ESPiii)JbA vcr los expedientes con tra l_o~ médicos
titulares inspectores mtu~ 1c1p_a_lcs de ;\ todos los que la presente l'icren y
Sanidad, mstruidos con SUJ~C~IOn a los cnttndicren, ~nhcd:
preceptos del Estatuto mun_1c1pal Y sus Que las C'O inES han uwl'lado ~
Kcglamenlos, poclrá 1~ lo~ mteresados sn nciona d<J la siguiente
recurrir ante el Muustcno rlc la Go­
L :E: "Y
bern ación, el rual, prev1o 1 nfonnc !a­
.\ rt. 1.' Todas las pl az:1s de ins· \'Orable de las Direcciones de i\dml
pcrtorcs 11111niripalc~ de Sanidad. \'a nisrraciún y de Sanidad, podri1 sus­
cantes o que vaca ren a partir de la ic­ pender el atucrdo municipal, en tanto
rh:~ de la promul~ación de esta ley y se die la lnllo definitii'O por el Tribunal
cuya exi~ tcnciu se halle reconocida Conleuciuso-odminisrralil'o, s1 hub1~re
por la clasificación o disp~siciones le· sido interpuesto recmso por rstn Yta ·
goles vigentes, serán proi'IStas prev1o Art. -1." En casos de demora c11 el
anuncio publicado en la üocr•tu de pago de las dotarioncs asignadas en
Madrid, con rcrsonal perteneciente Hl los presupuestos locales a los mspcc
Cuerp resp~ctivJ art. ·13 del Regla lores municipales de Samdad, métl~­
mento de San idad municipal) por op:> cos y farmac(!uticos, potlr:iu recurnr
sición directa o por concurso de méri­ éstos en queja ante los ¡¡obcrnadores
tos o de antigil.:dad , segim acuerdo de civiles, quienes exigirán de los A):nn­
la Corporación correspondien!e )' c_on tamicntos correspo nd1eulcs ccruhca
sujeción a lus nornws re):lamentanas ciún de los gasl?s. que con c~1rgo al
qu e oportunamente dicta rú el Minisle presupuesto J1111iH C1pal hayan ~1do sa
r o de la Gobernación a propuesta de tisfechos; y si de su examen se d.edu
la Dirección v;cneral de Sanidad. jera incumplimiento del art. 11 h. del
Art. 2 ." Las instc1ncias solicitando Kcglamento de empleados . nmn¡cqJa
lns plazas sacadas a concur~o se pre les se dani enema por la C IIJdJ auto­
sentarán en el término improrrogable rid~d a la judicial de la infra cción de
de un mes, a p:~rlir del illltlncio rn lfl los preceptos citados a los eléclos que
Ga ceta, c 11 la ln5pección provincial de
proceda. . . .
Sanidml com :sponJiente. El 1\ynntq­ 0 i\rt. 5. Se faculta al M1mstcno de
miento acordar{! si delega la elec la Gobernación para dictar, n propues­
ción de los coucur~antes en el Inspec ta de las Direcciones generales de Ad­
tor pro1·incia! de SJnidad o en un Tri­ ministración y Sanidad, las reglas ne
bunal, compue-;to d::- dos médicos. ins cesarias parn la más pcrfcrta aphra
pectores muuicip<t lcs designados por Ción y desarrollo de la_presentc ley.
Asociaciones pr .... fe,;ionnlcs; cllls rr prP Por tan lo,
scntantes <lcl M unicipio, y ~llnspcc tor Mando a todos los ciudadanos: que
provind~il de S<tnidad, que ejercerá las coadyuven ~a l cumplimient?. de esta
funciones de l 'rc~ idcn te. Lev. a si como a lodos los 1 nhuualcs
Si les A vuntdulicntos o los interesa y •\utoridades que la hagan cumplir.
dos no ~e ·h:IIIJn conformes con la re· San Sebastlán,. quince de Septiem
solución, se po<lrú ele\'nr lo acluado bre de mil novecientos treinta y dos . .
al ,'v\inisrerio de IH Gubcmación, que
NiCEfO i\i.OI.A Z A;IORA y TORRI:S.
rc;olvcrá. previo Informe dé lns Oi
El Ministro de la Gobernación, SA~­reccioncs gencra lrs de Snnidad y de
IIAOO CAS \NES Qt'INOGA. ,\ ,lnlinistracicin loc<t l.
E~te fallo srrá ejecuti\'0, sin perjui- (üaceto del 17 s~ptiembrc 193~ .)
­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­3
Reglan1ento todes 'los pln?.a! d" Médl· Mlnlsterlo de la Gobe rnación
cos tit~lares·lnsp~ctores municipales
de San1dad, lnclu1d~s en la clasifica·
Orden. ció~ aprobada por orden del Ministerio
de la Gobernación de 21) de Octubre
lit~?· Sr.: La Ley de 15 de Septiem· 0 de 193 1, •Gaceta• de 1. de Novlern· bre ulumo, sobre provisión de pla1 .as
bre, as! corno las que resulten en vlr· resolución de expedientes y percep:
tud de rectificaciones de esta clasifica· ción de haberes de Inspectores munl·
ción, que, con arreglo a disposiciones clpales de Sanidad, establece en sus
0 vigentes. tuvieren lugar. artículos l. y 5 •, que

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