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Publié par | GENERAL-SECRETARIAT-OF-THE-COUNCIL |
Nombre de lectures | 44 |
Langue | Español |
Poids de l'ouvrage | 3 Mo |
Extrait
ISSN 0378-3677
Boletín El Boletín de las Comunidades europeas da cuenta cada mes (11 números al año)
de las actividades de la Comisión, así como de las demás instituciones comuni
tarias. Lo edita el Secretariado general de la Comisión de las Comunidades
Europeas (rue de la Loi 200, B-1049-Bruselas) en las lenguas oficiales de la
Comunidad.
Se autoriza la reproducción de los textos a condición de indicar la fuente.
Con objeto de facilitar la consulta del Boletín en las diversas ediciones lingüísticas
y de asegurar la concordancia, los textos redaccionales van numerados según el
sistema siguiente: la primera cifra designa la parte, la segunda el capítulo, la si
guiente o las siguientes los diversos puntos corrientes de cada capítulo. Las citas
deben presentarse por lo tanto según el modelo siguiente : Bol. CE 1 -1985, punto
1.1.3 ó 2.2.36, por ejemplo.
Se publican Suplementos del Boletín, con periodicidad irregular, en forma de fascícu
los, formando cada año una serie cuya numeración es distinta de la del Boletín.
Recogen textos oficiales de la Comisión (comunicaciones al Consejo, programas,
informes, proposiciones).
Printed in Belgium ■
s
/ Boletín
DE LAS COMUNIDADES
EUROPEAS
i
CECA - CEE - CEEA
Comisión de las Comunidades europeas
Secretariado general
\ Bruselas /
\ /
■ \/
n° 1
1986
Manuscrito terminado en febrero de 1986 '" ano sumario
ACONTECIMIENTOS
1 PRINCIPALES
7 1. La Comunidad de Doce
9 2. Reforma institucional
11 3. Acción para Africa
Acción comunitaria en el sector turístico 14 4.
ACTIVIDADES
DE ENERO 1986
1. Construcción de un conjunto comunitario 18
— Política económica y monetaria 18
18 — Mercado interior y asuntos industriales
— Política siderúrgica 21
—a de investigación y de tecnología 22
27 — Innovación industrial y mercado de la información
28 — Unión aduanera
29 — Competencia
32 — Instituciones financieras y fiscalidad
33 — Empleo, educación y política social
35 — Europa de los cuidadanos
37 — Política regional
— Intervención coordinada de los instrumentos financieros de ca
rácter estructural 39
— Medio ambiente y consumidores 39
— Política agrícola 40
—a pesquera 48
— Política de transportes 50
—a energética 51 Relaciones exteriores 52
— Política comercial52
— Relacionesconpaísesindustrializados54
— sconotrospaísesy regiones57
— Políticadedesarrollo58
— Organizacionesyconferencias internacionales 62
Financiacióndelasactividadescomunitarias62
— Actividadesfinancieras62
Cuestiones políticas e institucionales 64
— Cooperación políticaeuropea64
— Política europea —Relacionesentreinstituciones65
— Instituciones y órganoscomunitarios66
• Parlamento europeo66
• Consejo 71
•Comisión72
•Tribunaldejusticia73
•Comitéeconómico y social83
•Bancoeuropeo de inversiones 85
3A PARTE DOCUMENTACIÓN
1. ECU 94
2.Referencias complementarias al Diario oficial95
3.Procedimientos de infracción 96
4.Declaración del Consejo sobre la Presidencia holandesa 97
■ 5.Euro-barómetro 101
Publicaciones de las Comunidades europeas
■ "1
Suplementos 1986
*1/86 Programa de trabajo de la Comisión 1986
*2/86 Acta Unica Europea
*3/86 Igualdad de oportunidades para las mujeres — Programa comu
nitario a medio plazo — 1986-1990
* Por aparecer Llamadas y notas a pie de página
(-» punto ...) : se remite a un texto del presente Boletín.
(') Se remite o bien a otro Boletín, a un DO, a un Suplemento o a cualquier otra fuente documental.
Abreviaturas armonizadas para la designación de algunas unidades monetarias en las diferentes
lenguas de la Comunidad :
= Ecu Unidad monetaria europea
BFR = Belgische frank / Franc belge
DKR = Dansk krone
DM = Deutsche Mark
DR = Drachma
ESC = Escudo
FF Franc français =
HFL Nederlandse gulden (Hollandse florijn) =
IRL Irish pound / Punt =
LFR = Franc luxembourgeois
LIT Lira italiana =
PTA = Peseta
UKL = Pound sterling
USD United States Dollar 1. La Comunidad de doce
condición, no obstante, de medidas transitorias La ampliación y sus
o de derogaciones temporales acordadas en el
consecuencias institucionales Acta relativa a las condiciones de adhesión y que
se aplican, tanto a la Comunidad en su compo
sición de 31 de diciembre de 1985, como a los
dos nuevos Estados miembros.
/././. Los Estados miembros, así como Portu
gal y España, depositaron los instrumentos de
ratificación antes de finales de 1985 ('), las Actas
relativas a la adhesión del Reino de España y de
la República Portuguesa a las Comunidades Eu Datos institucionales
ropeas entraron por tanto efectivamente en vigor
el 1 de enero de 1986. La población de la Comu
1.1.2. Desde el 1 de enero, España y Portugal
nidad ampliada pasa, de 275 a 321 millones de
participan plenamente en la vida de las institu
habitantes, y su superficie de 1 658 000 a
ciones comunitarias. Así pues, la Comisión aco
2 255 000 km2.
gió a dos miembros españoles y un portugués (3);
el Tribunal de Justicia a un juez español, a un
Cabe recordar que Portugal y España presenta
juez portugués y a un abogado general portugués,
ron, respectivamente, su solicitud de adhesión el
lo que hace que la composición del Tribunal sea
28 de marzo y el 28 de julio de 1977. y que las
de 13 jueces y seis abogados generales. Se trata,
negociaciones se iniciaron el 17 de octubre de
respectivamente, del Sr. José Carlos Carvalho 1978 con Portugal y el 6 de febrero de 1979 con
Moitinho de Almeida, nombrado hasta el 6 de
España. El Tratado entre los diez Estados miem
octubre de 1988 (4), del Sr. Gil Carlos Rodríguez
bros de las Comunidades Europeas y el Reino de
Iglesias nombrado hasta el 6 de octubre de
España y la República Portuguesa, sobre la adhe
1991 (5) y del Sr. José Luis da Cruz Vilaça, nom
sión de esos últimos, se firmó en Lisboa y en
brado hasta el 6 de octubre de 1988 (4). A los
Madrid el 12 de junio de 1985 (2). Los seis años
156 miembros del Comité Económico y Social se
de negociaciones han quedado efectivamente
han añadido 21 miembros españoles y 12 portu
justificados por la complejidad de los problemas,
gueses; el número de miembros del Parlamento
tanto en lo que a la Comunidad actual se refiere
Europeo pasó de 434 a 518, con la entrada de 60 como en lo referente a Portugal y España. Por
parlamentarios españoles y 24 portugueses. La
tanto, había que convenir toda una serie de me
nueva composición de los grupos políticos en el
didas transitorias que garantizacen una integra
seno del Parlamento se presenta de la siguiente
ción sin sobresaltos de los dos nuevos Estados
forma :
miembros.
Desde el 1 de enero, los dos nuevos Estados
miembros forman parte de la Comunidad desde
(') Bol. CE 12-1985, punto 2.2.1. todos los puntos de vista. En particular, ello
C-) Bol. CE 6-1985, puntos 1.1.1 y siguientes.
implica su plena participación en las institucio
(') Bol. CE 12-1985,s 1.3.1 y.
nes de la Comunidad, así como en la aplicación (4) Bol. 8 del 11.1.1986.
del acervo comunitario en esos dos países, con la (5) Bol. 18 del 24.1.1986.
Bol. CE 1-1986 La Comunidad de doce
Grupo 1985 1986 Diferencia
172 + 42 Socialista 130
Partido popular europeo 109 118 + 9
Demócratas europeos 50 63 + 13
Comunistas 43 46 + 3
Liberal, democrático y reformista 31 42 + 11
Renovadores y reagrupamiento de demócratas euro
peos (*) 30 34 + 4
Arco iris 19 20 + 1
Derechas europeas 16 16 -
7 No inscritos 6 + 1
434 + 84 Total 518
(*) Nueva denominación del grupo de reagrupamiento de demócratas europeos.
Además, se aportaron las siguientes modificacio de votos necesarios para impedir una decisión
mayoritaria) se sitúa en 23 votos. De ello deriva nes al reglamento interno del Parlamento:
que contrariamente a la situación en que se en
contraba la Comunidad de Diez, dos «grandes» • aumento del número de vicepresidentes de 12
a 14: Estados miembros pueden quedar en minoría.
• el número mínimo de parlamentarios necesa
rios para formar un grupo político ha pasado de Asimismo, se ha producido toda una serie de
21 (si pertenecen a un único Estado miembro) a modificaciones análogas en el Tribunal de Cuen
25. de 15 (para dos Estados miembros) a 18, de tas en donde se han nombrado un miembro