Supresión de los controles en las fronteras
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REALIZACIÓN DEL MERCADO INTERIOR SITUACIÓN A 31 DE DICIEMBRE DE 1990 SUPRESIÓN DE LOS CONTROLES EN LAS FRONTERAS Control de mercancías Control de personas Impuesto sobre el valor añadido Impuestos sobre el consumo COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Tomo 2 DICIEMBRE 1990 n junio de 1985 la Comisión de las Comunidades E Europeas publicó el Libro blanco para la realiza­ción del mercado interior con el objetivo de conseguir para 1992 un mercado europeo único de mercancías, servicios, personas y capitales. El Libro blanco contenía un programa legislativo detallado que incluía más de 300 medidas y pro­puestas. En marzo de 1990 la Comisión publicó el «Quinto informe sobre la aplicación del Libro blanco para la realización del mercado interior». Este informe actuali­zaba y modificaba el programa legislativo original del Libro blanco. Esta publicación forma parte de una serie de cinco que pretende resumir los problemas actuales, los objetivos de 1992 y las medidas y propuestas necesarias para la plena realización del mercado único. La serie completa incluye: Un mercado común de servicios Supresión de los controles en las fronteras Condiciones para facilitar la cooperación entre empresas Apertura de la contratación pública Una nueva política comunitaria de normalización Controles veterinarios y fitosanitarios Estas publicaciones se actualizarán y reimprimirán regularmente hasta 1992.

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Langue Español
Poids de l'ouvrage 10 Mo

Extrait

REALIZACIÓN DEL
MERCADO INTERIOR
SITUACIÓN A 31 DE DICIEMBRE DE 1990
SUPRESIÓN DE LOS CONTROLES
EN LAS FRONTERAS
Control de mercancías
Control de personas
Impuesto sobre el valor añadido
Impuestos sobre el consumo
COMISIÓN DE LAS
COMUNIDADES EUROPEAS
Tomo 2 DICIEMBRE 1990 n junio de 1985 la Comisión de las Comunidades
E Europeas publicó el Libro blanco para la realiza­
ción del mercado interior con el objetivo de conseguir
para 1992 un mercado europeo único de mercancías,
servicios, personas y capitales.
El Libro blanco contenía un programa legislativo
detallado que incluía más de 300 medidas y pro­
puestas.
En marzo de 1990 la Comisión publicó el «Quinto
informe sobre la aplicación del Libro blanco para la
realización del mercado interior». Este informe actuali­
zaba y modificaba el programa legislativo original del
Libro blanco.
Esta publicación forma parte de una serie de cinco que
pretende resumir los problemas actuales, los objetivos
de 1992 y las medidas y propuestas necesarias para la
plena realización del mercado único.
La serie completa incluye:
Un mercado común de servicios
Supresión de los controles en las fronteras
Condiciones para facilitar la cooperación
entre empresas
Apertura de la contratación pública
Una nueva política comunitaria de normalización
Controles veterinarios y fitosanitarios
Estas publicaciones se actualizarán y reimprimirán
regularmente hasta 1992. En la página interior de la
contraportada se explica cómo conseguirlas.
© CECA-CEE-CEEA, Bruselas · Luxemburgo, 1991
Se autoriza la reproducción total o parcial de este informe excepto con fines
comerciales, siempre y cuando se indique la fuente bibliográfica.
Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales
de las Comunidades Europeas, 1991
Esta publicación: ISBN 92-826-2119-7 N° de catálogo: CM-60-90-002-ES-C
La serie completa:N 92-826-2101-4° de: CM-60-90-000-ES-C
Printed in Belgium COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS
ÒCÙD
Base de datos para todos
Una información de fácil acceso
Una n en todas
las lenguas de la Comunidad
Conocer de forma clara e inmediata
el alcance práctico de las medidas
adoptadas
TODO SOBRE LA EUROPA SIN FRONTERAS
CONSULTE INFO 92
PRODUCTOR EUROPA
ComisióndelasComunidades Europeas Fll^\I^ÍC^^T^^ ^k
SecretaríaGeneralde la Comisión11UlliUltlCU II \J
SCADWM
200,ruedelaLoi
B-1049BRUSELASDISTRIBUIDOR
Comisión de las Comunidades Europeas Tel. (322) 235 90 07
EUROBASES IM
200, rue de la Loi
B-1049 BRUSELAS
■' el. (322) 235 00 01 SOLICITUD DE PEDIDO
Remítase a: COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS
EUROBASES
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Teléfono Télex
Fecha:
Firma: OT92
SUPRESION DE LOS CONTROLES
EN LAS FRONTERAS
Cómo usar esta publicación
El objetivo de esta serie es:
— Informar al público europeo interesado sobre los pasos que se
están dando con vistas al mercado único.
— Resumir el enfoque que se está dando en determinados
sectores.
— Ofrecer una primera lista de referencia sobre el contenido y la
situación actual de cada propuesta elaborada por la Comisión
para la realización del mercado interior de 1992.
Esta publicación incluye:
— Una breve descripción del procedimiento legislativo comuni­
tario.
— Una introducción general sobre los temas y problemas que
suscita la supresión de los controles en las fronteras.
— Introducciones específicas al enfoque que se está adoptando
en cada uno de los sectores relativos a los controles en las
fronteras.
— Fichas que resumen las medidas propuestas o adoptadas
para la creación del mercado interior sin controles en las
fronteras. Cuando se trata de medidas aún no adoptadas, la
ficha indica el dictamen del Parlamento Europeo y la situación
actual de la propuesta. En el caso de las medidas ya
adoptadas, se menciona la fecha limite para que la legislación
entre en vigor en los Estados miembros, asi como los posibles
trabajos posteriores y medidas de aplicación de la Comisión.
El lector deberá:
— Familiarizarse con el procedimiento de la Comunidad para
promulgar leyes y recomendaciones. Para ello deberá ir a la
página iii.
— Leer las introducciones generales relativas a la supresión de
los controles en las fronteras para tener una visión general de
los temas (página 1).
— Elegir la(s) sección(es) de su interés en el índice (página vii).
Los resúmenes facilitan referencias de los correspondientes
números del Diario Oficial de las Comunidades Europeas para los
lectores que deseen examinar las medidas más detalladamente. Se
pueden conseguir ejemplares del Diario Oficial en las oficinas de
información de la lista que aparece en la página interior de la
contraportada.
TOMO 2 - DICIEMBRE DE 1990 - ES Advertencia al lector
El informe es la descripción, en una fecha concreta, la del 31 de diciembre de 1990, de una
situación en evolución constante.
Como el lector comprenderá, este es un texto provisional que, incluso desde el punto de vista
lingüístico y terminológico, será revisado y corregido conforme se vayan adoptando
definitivamente las medidas.
TOMO 2 - DICIEMBRE DE 1990 - ES OT92
CÓMO LEGISLA LA COMUNIDAD
ESQUEMA
Para comprender en detalle el contenido de los resúmenes hay que familiarizarse con los
procedimientos legislativos de la Comunidad. Todos los resúmenes tratan de una medida
específica establecida con vistas a la creación del mercado único. En términos generales:
— La Comisión (con poder ejecutivo y administrativo) inicia y redacta una propuesta que
somete al Consejo.
— El Parlamento Europeo (elegido por los ciudadanos de la Comunidad) y el Comité Económico
y Social (que configuran representantes de organizaciones empresariales, sindicatos y otros
grupos de interés) consideran y comentan la propuesta.
— El Consejo (cuyos miembros representan a los gobiernos de los Estados miembros,
normalmente a nivel ministerial) adopta la propuesta, que se convierte a partir de ese
momento en ley. En algunos casos este poder lo ejerce la Comisión.
Esta publicación contiene resúmenes de diferentes tipos de medidas; existen diferentes
procedimientos para su consideración y adopción. Se tratan a continuación.
1. LEYES Y OTRAS MEDIDAS
Reglamentos
Un reglamento es una ley vinculante y aplicable directamente en todos los Estados miembros
sin que requiera ninguna legislación nacional aplicable. Tanto el Consejo como la Comisión
pueden adoptar reglamentos.
Directivas
Una directiva es una ley de la CEE vinculante en los Estados miembros en cuanto al objetivo
para el que fue creada, pero cada país elige el procedimiento de aplicación. En la mayoría de
los casos cada Estado miembro tiene que ponerla en práctica de acuerdo con su legislación
nacional aplicable. Éste es un aspecto importante, ya que las actividades a las que afecta una
directiva tienen que tener en cuenta tanto la legislación nacional aplicable como la directiva.
Decisiones
Una decisión es totalmente vinculante para aquél a quién va dirigida. No se requiere
legislación nacional aplicable. Las decisiones resumidas en esta publicación son decisiones
del Consejo aunque en algunos casos la Comisión tiene poder para adoptar
propias.
Recomendaciones
Una recomendación no es vinculante (no es ley); tanto el Consejo como la Comisión pueden
adoptar recomendaciones.
La mayoría de las medidas que se incluyen en esta publicación son directivas del Consejo.
TOMO 2-DICIEMBRE DE 1990-ES III Legislación CEE desde el principio hasta el final
(directivas y reglamentos)
Procedimiento de cooperación Procedimiento de consulta
REGLAMENTO
Aplicación
en los
Estados miembros
Cuadro 1
IV TOMO 2 - DICIEMBRE DE 1990 - ES 1921
2. PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS
Los procedimientos legislativos de la Comunidad quedan mejor ¡lustrados siguiendo el
avance de una directiva. El texto siguiente debe leerse junto al cuadro 1.
Desde la entrada en vigor del Acta Única Europea, el 1 de julio de 1987, existen dos
procedimientos diferentes para adoptar una directiva: e

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