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Niveau: Supérieur, Licence, Bac+3
1 Universidad Paul Verlaine – Metz Modalidades de control de los conocimientos En Licenciatura Aprobado por el SEVU du 23/06/09 Aprobado por el CA du 07/07/09 Se aprobarón las modalidades siguientes conforme a las leyes en vigor: Decreto n° 2002-482 del 8 de abril de 2002 relativo a la aplicación a la enseñanza francesa superior de las reglas de construcción del Espacio europeo de la enseñanza superior. Decreto del 23 de abril de 2006 relativo a los estudios universitarios de primer grado. Modificado por el decreto del 26 de agosto de 2008. Para las licenciaturas profesionales, refiérase a los textos reglamentarios específicos (decreto del 17 de noviembre de 1999). El ciclo de licenciatura consta con 6 semestres. Las licenciaturas corresponden a campos de estudio y son fraccionadas en carreras-tipos, cuya base constitutiva es la Unidad de Enseñanza (UE). Las UE son capitalizables y corresponden a un cierto número de créditos europeos (ECTS). Cada semestre de estudio permite obtener 30ECTS. La licenciatura es validada cuando el estudiante obtiene 180ECTS. La validación de 120ECTS permite la obtención de un diploma nacional intermediario (o sea el DEUG, DEUST). En cursiva: artículos de referencia del decreto del 23 de abril de 2002. Matricula Hay que cumplir con las modalidades de matricula administrativa cada año. Las modalidades de control de los conocimientos son aprobadas por los consejos un mes máximum después de la reapertura del curso escolar.

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1
Universidad Paul Verlaine – Metz
Modalidades de control de los conocimientos
En Licenciatura
Aprobado por el SEVU du 23/06/09
Aprobado por el CA du 07/07/09
Se aprobarón las modalidades siguientes conforme a las leyes en vigor:
Decreto n° 2002-482 del 8 de abril de 2002 relativo a la aplicación a la enseñanza francesa superior de
las reglas de construcción del Espacio europeo de la enseñanza superior.
Decreto del 23 de abril de 2006 relativo a los estudios universitarios de primer grado.
Modificado por el decreto del 26 de agosto de 2008.
Para las licenciaturas profesionales, refiérase a los textos reglamentarios específicos (decreto del 17 de
noviembre de 1999).
El ciclo de licenciatura consta con 6 semestres. Las licenciaturas corresponden a campos de estudio y
son fraccionadas en carreras-tipos, cuya base constitutiva es la Unidad de Enseñanza (UE). Las UE
son capitalizables y corresponden a un cierto número de créditos europeos (ECTS). Cada semestre de
estudio permite obtener 30ECTS. La licenciatura es validada cuando el estudiante obtiene 180ECTS.
La validación de 120ECTS permite la obtención de un diploma nacional intermediario (o sea el
DEUG, DEUST).
En cursiva: artículos de referencia del decreto del 23 de abril de 2002.
Matricula
Hay que cumplir con las modalidades de matricula administrativa cada año.
Las modalidades de control de los conocimientos son aprobadas por los consejos un mes máximum
después de la reapertura del curso escolar.
El número de matriculas autorizadas por ciclo es limitado conforme a las modalidades siguientes:
- los estudiantes pueden repetir un curso una
ves máximum;
- los estudiantes pueden beneficiar de una matrícula más gracias a derogaciones otorgadas por el
Presidente de la Universidad.
Los estudiantes quienes han interrumpido sus estudios tres años mínimum o ya han validado un año de
licenciatura benefician del derecho de matricula anual conforme a las modalidades mencionadas más
abajo.
Sesiones
(artículos 22 y 29)
Las competencias y los conocimientos son ante todo evaluados a través de un control continuo y
regular y/o un examen final. El control continuo se aplica esencialmente durante la L1 (primer y
segundo semestres). La segunda sesión de exámenes se desenrolla en julio. A menos una semana de
apoyo para los estudiantes en dificultad es propuesta. Para la licenciatura con periodos de prácticas
obligatorios, el jurado puede reunirse en septiembre.
2
Dos sesiones de control de los conocimientos son organizadas para cada semestre.
Anonimato
El anonimato es la norma excepto en los casos de control continuo puntuales y regulares.
Créditos europeos
(artículos 25 a 27)
A las UE corresponden un número de créditos europeos (ECTS). En general, no se afectan ECTS a las
asignaturas constitutivas de las UE. Si a las asignaturas corresponden ECTS, las asignaturas son
capitalizables.
Los créditos europeos son repartidos por puntos enteros.
Esas normas conciernen las formaciones que permiten obtener un diploma nacional francés.
En el contexto de los intercambios internacionales (ERASMUS), se pueden otorgar ECTS completos o
medio ECTS, llegado el caso.
Validación, capitalización, compensación
(artículos 25 a 28)
Se aplican las reglas siguientes, a reserva de la aplicación de “notas mínimas” (Cf. párrafo
concernido):
Los estudiantes
validan las UE
:
- cuando la nota media de los elementos constitutivos que componen la UE, afectados con sus
coeficientes, es igual o superior a 10/20. La UE es, entonces, adquirida de manera definitiva y
capitalizada, sin posibilidad de aprobarla de nuevo. Es también transferible a otra carrera.
O
- cuando hay compensación entre las UE de un semestre o entre los dos semestres del año. Es,
entonces, adquirida de manera definitiva y capitalizada, sin posibilidad de aprobarla de nuevo. En
cambio, no es transferible a otra carrera, excepto para las clases “pasarelas” definidas en el documento
de habilitación para las licenciaturas concernidas.
Los
elementos constitutivos
de las UE no son capitalizables. Sin embargo, excepto en los casos de
renunciación por parte del estudiante, el estudiante sigue poseyendo los elementos constitutivos por
los cuales ha obtenido una nota superior a 10/20 durante todo el año que sigue la obtención.
El
semestre
es validado:
- cuando el estudiante obtiene notas superiores a 10/20 a todas las UE que componen el semestre.
O
- cuando hay compensación entre las UE que componen el semestre. La nota media de las UE,
afectadas por sus coeficientes, tiene que ser superior o igual a 10/20.
La compensación es semestral. Sin embargo, si el estudiante no valida los dos semestre del año (L1,
L2 y L3), el nivel es validado por compensación entre las UE que componen uno u otro semestre (nota
media de la UE superior o igual a 10/20).
A las UE corresponden coeficientes (de coef.1 a coef. 3).
Para las licenciaturas con periodos de prácticas obligatorios, no se otorgará ningún diploma ni
compensación mientras no se acaba ni se valida el periodo de prácticas, conforme a las reglas propias
de cada departamento.
Se compensan entonces:
- los elementos constitutivos dentro de las UE;
- las UE dentro de los semestres;
- los semestres dentro del año.
3
Notas mínimas
No existen las notas mínimas en L1 ni en licenciatura profesional.
Para los otros cursos, si se aplican las políticas de notas mínimas, son de 6/20 para una UE. En el caso
en el que el estudiante obtiene notas inferiores a las notas mínimas definidas, no se puede efectuar la
compensación entre las UE ni entre los semestres.
Avance
y repetición
(artículo 28)
La matricula para el año siguiente es de derecho para los estudiantes quienes han aprobado todos los
niveles anteriores.
Al estudiante a quien sigue faltando un semestre de estudio después de la segunda sesión de exámenes,
puede matricular de derecho para el año siguiente.
El estudiante quien no ha validado ni siquiera uno de los dos semestres en su totalidad, el año pasado,
pero quien ha validado
a menos 70% de las UE, puede matricularse para el año siguiente.
En caso de doble matricula en dos niveles diferentes (L1 y L2, o L2 y L3), los estudiantes no pueden
validar el segundo nivel antes de haber aprobado las UE faltando del primer nivel.
El jurado y el presidente no poseen el derecho de contravenir a esas reglas.
Jurado
(artículo 30)
El jurado es designado por el Presidente de la Universidad y seleccionado por el equipo de formación.
El jurado delibera y determina las notas de los estudiantes a finales de cada sesión de examen de cada
semestre de estudio. Valida o no la adquisición de las UE, de los semestres, del año, y aplica, llegado
el caso, las reglas de compensación (cf. párrafo concernido) y la atribución de los ECTS
correspondiente.
La existencia y la posibilidad de obtener “puntos del jurado” son precisas en las reglas propias a cada
departamento.
Obtención del diploma intermediario (DEUG)
El jurado delibera sistemáticamente a finales de los cuatro primero semestres de licenciatura para la
otorgación del DEUG.
Para obtener el DEUG, los estudiantes tienen que aprobar la L1 y la L2.
El DEUG puede ser otorgado con las menciones siguientes:
. Notable (
Assez bien),
si los estudiantes obtienen una nota media para los cuatro semestres superior o
igual a 12/20,
. Honorifica (
Bien),
si la nota media es superior o igual a 14/20,
. Sobresaliente (
Très bien),
si la nota media es superior o igual a 16/20.
Se edita sistemáticamente el diploma en caso de obtención.
Obtención del diploma final para la licenciatura
Para aprobar la licenciatura, el estudiante tiene que aprobar independientemente la L1, L2 y L3.
4
La licenciatura puede ser otorgada con las menciones siguientes:
. Notable (
Assez bien),
si los estudiantes obtienen una nota media para los seis semestres superior o
igual a 12/20,
. Honorifica (
Bien),
si la nota media es superior o igual a 14/20,
. Sobresaliente (
Très bien),
si la nota media es superior o igual a 16/20.
Comunicación de los resultados
Después de la deliberación del jurado, tiene que comunicar las notas a los estudiantes. Los estudiantes
pueden consultar el Espacio Numérico de Trabajo (ENT) en el que las notas individuales son
indicadas.
Consultar las copias de examen
Es el derecho de los estudiantes de pedir que los enseñantes les mostraran sus copias de examen para
contestación, en plazos razonables, es decir, antes de la próxima sesión de exámenes.
Matricula por traslado
El equipo de formación o el equipo pedagógico examina la carrera anterior del estudiante y exprime su
opinión sobre la candidatura al definir para cada estudiante cuales son las UE adquiridas y las que
siguen que adquirir para aprobar la licenciatura.
Matricula por validación de los conocimientos y de la experiencia (decretos del 23 de agosto de
1985 y 24 de abril de 2002) o validación de los estudios superiores en Francia o en el extranjero
(decreto del 16 de abril de 2002)
Se validan UE en su totalidad a través de la otorgación de dispensas, sin notas. Los ECTS
correspondiente son otorgados. En cambio, las UE no pueden ser contadas en el cálculo de la
compensación.
Ausencia
Si el estudiante es ausente a uno o más exámenes de control continuo y justifica su ausencia dentro de
8 días, con pruebas, se puede organizar exámenes de sustitución.
No se organizan exámenes de sustitución para los estudiantes ausentes a los exámenes finales.
Régimen especial
(artículo 18)
Se compone con:
- modalidades pedagógicas específicas: el estudiante concernido beneficia al mínimum de una
dispensa de asiduidad para ciertas clases. Otras modalidades pueden ser definidas en el reglamento
propio del departamento (seguimiento pedagógico, apoyo…).
-
modalidades especificas de control de los conocimientos: el estudiante concernido beneficia de una
dispensa de pasar los exámenes de control continuo. Consecuentemente, todos los exámenes de
control de los conocimientos son exámenes finales. El estudiante puede pedir el escalonamiento de la
formación, con el acuerdo del equipo pedagógico y en plazos máximos iguales al doble del tiempo de
formación habitual. El jurado delibera sobre la validación del año, aplicando llegado el caso, las reglas
de compensación, solo a finales de los dos años de formación.
5
El reglamento prevé modalidades específicas para los grupos siguientes:
Estudiantes deportistas
Los estudiantes quienes practican deporte a nivel nacional o inter-regional pueden beneficiar de un
estatuto especial:
“Estudiante deportista de alto nivel o promesa”:
concierne los estudiantes inscritos en las listas
nacionales del Ministerio de la Juventud y de los deportes como “deportistas de alto nivel” o
“promesas”, o los estudiantes quienes cursan licenciaturas que permiten ser deportistas profesionales.
Después del examen individual de la situación de los estudiantes y si se otorga el estatuto especial, los
estudiantes pueden beneficiar de (
Circular n°2006-123 du 1-8-2006):
- el aplazamiento de los exámenes y la selección de las modalidades de control de conocimientos
(continuo, terminal, sesiones especiales…),
- una organización especifica del horario (toma en cuenta de los periodos de preparación, de las
competiciones y de los desplazamientos),
- la conservación de las UE adquiridas si el estudiante cambia Universidad.
Los estudiantes concernidos firman un contrato con la Universidad, en los cuales los términos de
aplicación de las modalidades específicas son detallados. No se aplican las modalidades a los
estudiantes quienes no corresponden a los criterios.
Los estudiantes tienen que presentar su expediente de candidatura ante una comisión de deporte de alto
nivel, a principios del año universitario. Después del examen de la candidatura, la comisión comunica
los resultados a los estudiantes y a los directores de las facultades.
Estudiantes discapacitados
Referencia: decreto 2005-1617 y circular 2006-215
Son concernidos los candidatos quienes presentan discapacidades como las definidas en el artículo
L.114 del código de la acción social y de las familias:
Son consideradas como discapacidades todas las limitaciones de actividad o las restricciones de
participación en la vida en sociedad en un contexto especifico a causa de una alteración substancial,
durable o definitiva de una o más funciones físicas, sensoriales, mentales, cognitivas o psíquicas, a
causa de un polyhandicap o de trastornos de la salud incapacitantes
”.
Los solicitantes tienen que pedir la habilitación especial para los exámenes al SUMMPS (Servicio de
Medicina Preventiva de la Universidad) al momento de la matricula o, en un plazo de dos meses
mínimum antes de aprobar el primer examen o concurso.
El médico referente determina las modalidades de habilitación en función de:
- la situación particular del candidato;
- las informaciones medicas actualizadas y comunicadas;
- las condiciones de escolaridad del estudiante (especialmente si ya ha beneficiado de habilitaciones
especiales),
- los elementos clínicos definidos en la guía para la evaluación de las deficiencias y discapacidades de
las personas concernidas.
Son precisas en el documento emitido por el doctor, las modalidades siguientes:
-
el tiempo aumentado dedicado al examen en función del tipo de examen (escrito, oral…);
-
el acceso a las salas de exámenes;
-
la instalación en la sala de exámenes;
-
la utilización de material informático o técnico;
-
el secretaria o la asistencia;
6
-
el material de escritura braille;
-
la asistencia de un especialista de un modo de comunicación;
-
la adaptación de la presentación de los sujetos;
-
todas las otras modalidades útiles según el médico referente.
Además, es preciso en el documento si el estudiante puede:
- beneficiar de un examen adaptado en función de las varias posibilidades ofertas por los reglamentos
propios de los departamentos;
- ser dispensado para un examen o una parte de un examen en función de las varias posibilidades
ofertas por los reglamentos propios de los departamentos;
- escalonar los exámenes, durante el mismo año;
- escalonar los exámenes en varias sesiones anuales consecutivas;
- conservar, examen por examen, UE por UE, durante 5 años, las notas obtenidas a exámenes o
unidades de uno de los exámenes de la enseñanza superior, así como, llegado el caso, el beneficio de
los conocimientos obtenidos en el contexto de los procesos de validación de los conocimientos y de la
experiencia, conforme a las modalidades definidas en el reglamento de cada uno de los exámenes.
El médico tiene que comunicar el documento al Presidente de la Universidad quien decide de las
habilitaciones otorgadas (en función de las modalidades mencionadas en el aviso del doctor) y notifica
su decisión al candidato. La decisión es comunicada al servicio de la escolaridad y al enseñante
responsable de la formación para que se tomen las disposiciones necesarias.
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