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Publié par | EUROPEAN-COMMISSION-DIRECTORATE-GENERAL-FOR-EMPLOYMENT_SOCIAL-AFFAIRS-AND-INCLUS |
Nombre de lectures | 24 |
Langue | Español |
Poids de l'ouvrage | 4 Mo |
Extrait
COMISIÓN EUROPEA
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO,
RELACIONES LABORALES
Y ASUNTOS SOCIALES
Inspección de trabajo
en la
Comunidad Europea
Salud y seguridad
Sistemas jurídicos
y sanciones
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Salud y seguridad
Sistemas jurídicos
y sanciones
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COMISIÓN EUROPEA
Dirección General V
Empleo, Relaciones Laborales y Asuntos Sociales
L-2920 Luxemburgo
NOTA
Ni la Comisión Europea ni ninguna otra persona
que actúe en nombre de la Comisión se responsabilizará del uso que pueda hacerse
de la información que contiene este documento.
Una ficha bibliográfica figura al final de la obra.
Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, 1995
ISBN 92-826-9955-2
© CECA-CE-CEEA, Bruselas · Luxemburgo, 1995
Printed in Luxembourg SALUD Y SEGURIDAD
LA INSPECCIÓN DE TRABAJO EN LA COMUNIDAD EUROPEA
SISTEMAS JURÍDICOS Y SANCIONES
La salud y la seguridad son elementos fundamentales para la mejora de la
calidad de vida de los trabajadores. Por tanto, y ante la perspectiva de
1993, los Altos Responsables Nacionales de la Inspección de Trabajo han
considerado que el estudio de los sistemas organizativos y jurídicos europeos
en el âmbito de la salud y la seguridad en el trabajo constituye una
contribución fundamental a la evolución de la prevención y mejora de las
condiciones de trabajo en el seno de la comunidad.
El presente estudio responde a la preocupación esencial por favorecer una
comprensión más adecuada de los respectivos sistemas jurídicos de
intervención de las Inspecciones de Trabajo de los Estados miemoros de la
Comunidad. Encargado en mayo de 1991 por la Comisión de las Comunidades
Europeas, el estudio ofrece una descripción detallada de los instrumentos
jurídicos de los que disponen los Inspectores de Trabajo en el ámbito de la
seguridad y la salud en el trabajo, y en él se explican los procedimientos de
aplicación de dichos mecanismos, teniendo en cuenta la estructura judicial de
cada país de la Comunidad.
Dicha comprensión constituye, por sí misma, no sólo un factor de progreso
sino también de estímulo para lograr un desarrollo y una aplicación efectiva
y análoga del derecho comunitario. Ambos factores tienen por objeto
contribuir a la mejora del nivel de salud y seguridad en el trabajo en
Europa.
El presenre estudio no hubiera podido realizarse sin la participación ni la
colaboración de los responsables nacionales de las Inspecciones de Trabajo,
sin el apoyo del Institut d'Administration d'Entreprise (Institute de Gestión
de Empresa) de la Universidad de CAEN-BAJA NORMANDIA, sin la ayuda de la Sra.
SIFFERMAN y del Sr. NICOLAS, Inspectores de Trabajo de Francia, ni tampoco
sin el apoyo activo de los Srs. GOUVRAS, BRUNET, BAER y de la Sra. PALUMBO de
la Dirección General V (Luxemburgo)- Dirección General de Salud y Seguridad
de la Comisión de las Comunidades Europeas.
Michel AUGRAS
Director de Trabajo
Director Regional de Trabajo y de
Empleo de Poitou-Chare.ites
ABRIL 1992
III Resumen general
Bélgica 126
Dinamarca2752
Alemania5374
Grecia7598
España 99122
Francia123158
Irlanda159182
Italia183212
Luxemburgo 213248
PaísesBajos249272
Portugal273292
Reino Unido 293320
ν BELGICA ÌNDICE
FUENTES DEL OERECHO BELGA EN HATERÍA OE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
EL DERECHO NACIONAL CONTEMPORÁNEO
PRINCIPIOS GENERALES
MARCO ADMINISTRATIVO Y JURÍDICO DE INTERVENCIÓN DE LA INSPECCIÓN DE
TRABAJO
MARCO ADMINISTRATIVO
MARCO JURÍDICO
I - LA ACCIÓN ADMINISTRATIVA
1 - Medios jurídicos disponibles
1.1 La orden
1.2 La prohibición
1.3 Cese de las actividades laborales
1.4 Desalojo
1.5 Precintado
2 - Aplicación y efectos
2.1 Recurso
2.1.1. Procedimiento de urgencia
2.1.2. Apelación ante el Consejo de Estado
2.2 Sanciones
2.2.1. Incumplimiento de las medidas prescritas
2.2.2. Obstaculización de la función del inspector