Boletín de las Comunidades europeas. No 6 1982 15° año
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ISSN 0378-3677 Boletín DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Comisión No 6 1982 15° año El Boletín de las Comunidades europeas da cuenta cada mes (11 números al año) de las actividades de la Comisión, así como de las demás instituciones comuni­tarias. Lo edita el Secretariado general de la Comisión de las Comunidades europeas (rue de la Loi 200, B-1049-Bruselas) en las lenguas oficiales de la Comunidad, así como en español. Se autoriza la reproducción de los textos a condición de indicar la fuente. Con objeto de facilitar la consulta del Boletín en las diversas ediciones lingüisticas y de asegurar la concordancia, los textos redaccionales van numerados según el sistema siguiente: la primera cifra designa la parte, la segunda el capítulo, la si­guiente o las siguientes los diversos puntos corrientes de cada capítulo. Las citas deben presentarse por lo tanto según el modelo siguiente: Bol. CE 1-1979, punto 1.1.3 o 2.2.36, por ejemplo. Se publican Suplementos del Boletín, con periodicidad irregular, en forma de fascícu­los, formando cada año una serie cuya numeración es distinta de la del Boletín. Recogen textos oficiales de la Comisión (comunicaciones al Consejo, programas, informes, proposiciones). Los suplementos no se editan en español.

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Langue Español
Poids de l'ouvrage 7 Mo

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ISSN 0378-3677
Boletín
DE LAS COMUNIDADES
EUROPEAS
Comisión
No 6 1982
15° año El Boletín de las Comunidades europeas da cuenta cada mes (11 números al año)
de las actividades de la Comisión, así como de las demás instituciones comuni­
tarias. Lo edita el Secretariado general de la Comisión de las Comunidades
europeas (rue de la Loi 200, B-1049-Bruselas) en las lenguas oficiales de la
Comunidad, así como en español.
Se autoriza la reproducción de los textos a condición de indicar la fuente.
Con objeto de facilitar la consulta del Boletín en las diversas ediciones lingüisticas
y de asegurar la concordancia, los textos redaccionales van numerados según el
sistema siguiente: la primera cifra designa la parte, la segunda el capítulo, la si­
guiente o las siguientes los diversos puntos corrientes de cada capítulo. Las citas
deben presentarse por lo tanto según el modelo siguiente: Bol. CE 1-1979, punto
1.1.3 o 2.2.36, por ejemplo.
Se publican Suplementos del Boletín, con periodicidad irregular, en forma de fascícu­
los, formando cada año una serie cuya numeración es distinta de la del Boletín.
Recogen textos oficiales de la Comisión (comunicaciones al Consejo, programas,
informes, proposiciones). Los suplementos no se editan en español.
Printed in Belgium Boletín
DE LAS COMUNIDADES
EUROPEAS
CECA - CEE - CEEA
Comisión de las Comunidades europeas
Secretariado general
Bruselas
n°6
1982
Manuscrito terminado en julio de 1982 15° año sumario
1 RA D Λ DTE ACONTECIMIENTOS
ΓΜΠ I t PRINCIPALES
1. Para un mejor desenvolvimiento del procedimiento presupuestario
— Declaración común de las tres instituciones 7
2. Política mediterránea 10
3. Elhambreenelmundo:un programaespecial12
4. Turismo—Primerasorientaciones paraunapolítica comunitaria14
5. ElConsejoEuropeodeBruselas15
,..'■ ACTIVIDADES
DE JUNIO DE 1982
Construcción de una Comunidad 20
— Reestructuracióndepolíticascomunes — mandatodel30de
mayo de 198020
— Política económicaymonetaria20
— Mercado interioryasuntosindustriales24
— Innovación industrialymercadodela información 28
— Unión aduanera 29
—Competencia31
—Institucionesfinancieras y fiscalidad35
—Empleo,educaciónypolítica social38
—Políticaregional40
—Medioambienteyconsumidores42
—Políticaagrícola46
— Políticapesquera52
— Políticadetransportes55
— Política energética 58
—Políticadeinvestigación y desarrollo60
Ampliaciónyrelacionesexteriores64
—Ampliaciónyrelaciones bilaterales con los países candidatos 64 — Política comercial 65
—a de desarrollo7
— Organizaciones y conferencias internacionales 72
— Países industrializados 74
—s mediterráneos8
— Países en vías de desarrollo9
—s de comercio de Estado 81
— Cooperación política2
3. Financiación de las actividades comunitarias3
4. Cuestiones institucionales y políticas6
— Política europea — Relaciones entre instituciones 8
— Instituciones y órganos comunitarios 87
• Parlamento Europeo
• Consejo 9
• Comisión
• Corte de Justicia8
• Banco Europeo de Inversiones 101
3A PARTE DOCUMENTACIÓN
1. ECU 106
2. Referencias complementarias al Diario Oficial 107
3. Procedimientos de infracción8
4. Cumbre económica occidental — Declaración de los siete jefes de
Estado o de gobierno y de los representantes de las Comunida­
des europeas9
5. Eurobaròmetro 112
Publicaciones de las Comunidades europeas Suplementos 1982
1/82 Nuevo programa de acción de la Comunidad sobre la pro­
moción de igualdad de oportunidades para las mujeres,
1982-1985
2/82 Proyecto de convenio relativo a la quiebra, a los acuerdos
de acreedores y a los procedimientos análogos e informe
instructivo
*3/82 El sistema institucional de la Comunidad — un equilibrio por
recuperar
Aparecerá próximamente en DA, DE, GR, EN, FR, IT, NL. Abreviaturas armonizadas para la designación de algunas unidades monetarias en las diferentes
lenguas de la Comunidad :
= ECU Unidad monetaria europea
BFR = Belgische frank / Franc beige
DKR = Dansk krone
= DM Deutsche Mark
= DR Dracma
FF = Franc français
HFL = Nederlandse gulden (Hollandse florijn)
IRL = Irish pound / Punt
LFR = Franc luxembourgeois
LIT = Lira italiana
= UKL Pound sterling
= USD United States Dollar 1. Para un mejor desenvolvimiento del procedi­
miento presupuestario
Consejo, por su parte, fue llamado a deliberar en Declaración común de las
dos ocasiones, el 11 de mayo y el 21 de junio.
tres instituciones
7.1.3. El 22 de junio se tuvo la reunión de con-
certación entre las tres instituciones, cuyos tra­
7.7.7. Con ocasión de una ceremonia realizada bajos permitieron la elaboración de la declara­
en Bruselas el 30 de junio de 1982, los presiden­ ción común cuyo texto presentamos más adelan­
tes del Parlamento Europeo, del Consejo y de la te.
Comisión procedieron a la firma de una «decla­
Esa declaración común comprende criterios co­ración común» relativa a «diferentes medidas
munes y un reglamento completo de la clasifica­que miran a asegurar un mejor desenvolvimien­
ción de los gastos de todas las lineas presupues­to del procedimiento presupuestario».
tarias existentes en gastos obligatorios y en gas­
De ese modo concluyeron las conversaciones tos no obligatorios. Otras disposiciones organi­
que habían llevado a cabo en el curso del primer zan la colaboración entre los dos poseedores de
semestre de este año, con el fin de llegar a una la autoridad presupuestaria durante el procedi­
concepción común de las dos ramas de la auto­ mientoo y precisan ciertos meca­
ridad presupuestaria en lo concerniente a la cla­ nismos (nivel máximo de aumento de los gastos
sificación de los gastos y las modalidades de una obligatorios, «margen de maniobra» del Parla­
mejor colaboración entre el Parlamento y el mento, ejecución de créditos inscritos cuando
Consejo. falta una base jurídica, «topes».
7.7.2. Se recordará, en efecto, que divergencias 1.1.4. La declaración común fue aprobada for­
de concepciones habían perturbado o retardado malmente por la Comisión el 7 de julio y por el
en varias ocasiones la adopción de los presu­ Parlamento Europeo el 8 de julio.
puestos comunitarios (')·
El Consejo, oponiéndose a la manera como el
presupuesto del ejercicio 1982 había sido adop­
Declaración común
tado por el presidente del Parlamento (2), había
del Parlamento Europeo,
presentado el 26 de enero un recurso ante la Cor­
del Consejo y de la Comisión
te de Justicia contra el Parlamento (3), luego en
relativa a diferentes medidas febrero contra la Comisión (primera decisión de
dirigidas a asegurar ejecución del presupuesto) (4). Simultáneamente
y respondiendo a la invitación que le había he­ un mejor desenvolvimiento
cho el Parlamento, decidía abrir con él y con la del procedimiento presupuestario
Comisión conversaciones destinadas principal­
mente a examinar el problema de la clasificación
El Parlamento, el Consejo y la Comisión,
de los gastos, con miras a buscar un mejor fun­
• considerando que el buen funcionamiento de las
cionamiento del procedimiento y de la ejecución
Comunidades necesita una cooperación armoniosa en­
presupuestarios (3).
tre las instituciones,
Nace así la «Trilogía institucional» cuyos traba­
jos se han desarrolado durante los últimos cua­ (') Décimotercer Informe General, n° 44, Decimocuarto
tro meses. Los presidentes de las tres institucio­ Informe General, n° 60 y seguientes; Decimoquinto Informe
General, n° 71. nes se reunieron tres veces (el 5 de marzo, el 21
(2) Bol. CE 12-1981, punto 2.3.38.
de abril, el 28 de mayo), el presidente de la
(3) Bol. CE 1-1982, punto 2.3.1.
Comisión hacía las veces dee (5). Un
(4) Bol. CE 2-1982, punto 2.3.1 y 2.4.21.
«grupo técnico» los asesoraba en su tarea. El
(5) Bol. CE 4-1982, punto 2.3.4.
Bol. CE 6-1982 Procedimiento presupuestario
• considerando que conviene, dentro del respeto de 5. El Presidente del diálogo trilateral presenta un infor­
las respectivas competencias de las diferentes institu­ me en la reunión de concertación entre las Institucio­
ciones de las Comunidades tales como son definidas en nes, que se realiza antes de la primera lectura del Con­
los tratados, tomar de común acuerdo diferentes

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