INFORME SINTÈTICO DE LA COMISIÓN SOBRE LA APLICACIÓN POR PARTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA DIRECTIVA 90/219/CEE DEL CONSEJO RELATIVA A LA UTILIZACIÓN CONFINADA DE MICROORGANISMOS MODIFICADOS GENÈTICAMENTE * * • • • • • •** * COMISIÓN EUROPEA Comisión Europea Informe sintético de la Comisión sobre la aplicación por parte de los Estados miembros de la Directiva 90/219/CEE del Consejo relativa a la utilización confinada de microorganismos modificados genéticamente 1999 Puede obtenerse información sobre la Unión Europea a través del servidor Europa en la siguiente dirección de Internet: http://europa.eu.int. Al final de la obra figura una ficha bibliográfica. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, 2000 ISBN 92-828-8766-9 © Comunidades Europeas, 2000 Reproducción autorizada, con indicación de la fuente bibliográfica Printed in Belgium IMPRESO EN PAPEL BLANQUEADO SIN CLORO PRÓLOGO La Directiva 90/219/CEE relativa a la utilización confinada de microorganismos modificados genéticamente se adoptó el 23 de abril de 19901 y entró en vigor el 23 de octubre de 1991. El apartado 2 del artículo 18 dela Directiva 90/219/CEE dispone que cada tres años, y por primera vez el 1 de septiembre de 1992, los Estados miembros deben enviar a la Comisión un informe sintético sobre la experiencia adquirida en el marco de dicha Directiva.
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