Sistema europeo de registro de causas y de circunstancias de los accidentes de trabajo
144 pages
Catalan
Le téléchargement nécessite un accès à la bibliothèque YouScribe
Tout savoir sur nos offres
144 pages
Catalan
Le téléchargement nécessite un accès à la bibliothèque YouScribe
Tout savoir sur nos offres

Description

Ali (Δ uni al Iti tiutlt GÌtal·ι ηι de Causas y de Circunstancias de los Accidentes de Trabajo Comisión Europea Sistema Europeo de Registro de Causas y de Circunstancias de los Accidentes de Trabajo Empleo & asuntos sociales Seguridad y salud en el trabajo Comisión Europea Dirección General de Empleo y Asuntos Sociales Unidad EMPL7D.6 Texto original terminado en junio de 2000 E contenido de esta publicación no refleja necesariamente la opinión o la posición de la DireccióDirecciónn General de Empleo y Asuntos Sociales de la Comisión Europea. Si desean recibir el boletín electrónico de información «ESmail» de la Dirección General de Empleo y Asuntos Sociales, envíen un mensaje a empl-esmail@cec.eu.int; dicho boletín se publica regularmente en alemán, inglés y francés. Puede obtenerse información sobre la Unión Europea a través del servidor Europa en la siguiente dirección de Internet: http://europa.eu.int. Al final de la obra figura una ficha bibliográfica.

Sujets

Informations

Publié par
Nombre de lectures 114
Langue Catalan
Poids de l'ouvrage 4 Mo

Extrait



Ali (Δ uni al Iti tiutlt GÌtal·ι ηι
de Causas y de Circunstancias
de los Accidentes de Trabajo
Comisión Europea Sistema Europeo de Registro
de Causas y de Circunstancias
de los Accidentes de Trabajo
Empleo & asuntos sociales
Seguridad y salud en el trabajo
Comisión Europea
Dirección General de Empleo y Asuntos Sociales
Unidad EMPL7D.6
Texto original terminado en junio de 2000 E contenido de esta publicación no refleja necesariamente la opinión o la posición de
la DireccióDirecciónn General de Empleo y Asuntos Sociales de la Comisión Europea.
Si desean recibir el boletín electrónico de información «ESmail» de la Dirección General
de Empleo y Asuntos Sociales, envíen un mensaje a empl-esmail@cec.eu.int;
dicho boletín se publica regularmente en alemán, inglés y francés.
Puede obtenerse información sobre la Unión Europea a través del servidor Europa
en la siguiente dirección de Internet: http://europa.eu.int.
Al final de la obra figura una ficha bibliográfica.
Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, 2000
ISBN 92-828-4768-3
©Comunidades Europeas, 2000
Reproducción autorizada, con indicación de la fuente bibliográfica
Printed in Belgium
IMPRESO EN PAPEL BLANQUEADO SIN CLORO SISTEMA EUROPEO DE REGISTRO DE CAUSAS Y DE
CIRCUNSTANCIAS DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO
INDICE
INTRODUCCIÓN 3
PRÒLOGO 4
INSTITUCIONES PARTICIPANTES EN EL PROYECTO: 7
INTRODUCCIÓN GENERAL AL SISTEMA 9
DEFINICIÓN DE LAS VARIABLES 10
Tipo de lugar
Tipo de trabajo
Actividad física específica
Agente material de la Actividad física específica
Desviación 1
Agente material de la Desviación
Contacto - Modalidad de la lesión
Agente material del Contacto - Modalidad de la lesión 10
GUÍA DE UTILIZACIÓN DE LAS VARIABLES1
Tipo de lugar
Tipo de trabajo
Actividad física específica
Agente material de la Actividad física específica
Desviación 1
Agente material de la Desviación
Contacto - Modalidad de la lesión
Agente material del Contacto - Modalidad de la lesión 12
COMENTARIOS GENERALES PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS CÓDIGOS 13
Precisiones sobre la utilización del código 00 o 994
Desarrollo específico sobre el Agente material
TIPO DE LUGAR 15
TIPO DE TRABAJO7
ACTIVIDAD FÍSICA ESPECÍFICA9
DESVIACIÓN 20
CONTACTO - MODALIDAD DE LA LESIÓN 22
AGENTE MATERIAL4
Estructura de la clasificación (1 dígito)
Agentes materiales de dígitos5 ANEXO 1: EJEMPLOS 31
ANEXO 2: GUÍAS DE UTILIZACIÓN DE LAS NOMENCLATURAS 35
Guía de utilización de la nomenclatura Tipo de lugar
Guía den de laa Tipo de trabajo7
Guía de utilización de laa Actividad física específica 39
Guía den de la nomenclatura Desviación 4
Guía de utilización de laa Contacto - Modalidad de la lesión4
Guía den de laa Agente material
ANEXO 3: AGENTES MATERIALES CON DÍGITOS 51 INTRODUCCIÓN
INTRODUCCIÓN
La preocupación comunitaria por la mejora de las condiciones de trabajo, la salud y la
seguridad de los trabajadores en el trabajo está presente en toda la acción política debido a
su componente social y económico. El progreso económico y el social deben ir unidos.
El objetivo de la política que ha aplicado la Comisión en el ámbito de la seguridad y la salud
en el trabajo en los últimos treinta años ha sido reducir al máximo tanto los accidentes
laborales como las enfermedades profesionales.
Esta acción comunitaria en relación con la salud y la seguridad en el trabajo se ha llevado a
cabo con arreglo al artículo 137 (antiguo artículo 118 A) del Tratado constitutivo de la
Comunidad Europea. El Consejo ha adoptado unas quince directivas, que los Estados
miembros ya han transpuesto casi en su totalidad al Derecho nacional.
Pero la elaboración de un amplio corpus legislativo y su transposición al Derecho nacional de
los Estados miembros constituyen las herramientas y no el objetivo de la Comisión. El
objetivo final es la reducción de los accidentes de trabajo y de las enfermedades
profesionales. Se trata de evitar el sufrimiento de los trabajadores y de sus familias, los
problemas derivados de su reinserción social (capacidad de empleo) y las repercusiones
económicas inducidas que se manifiestan en la toda sociedad.
Por esa razón, con el fin de supervisar la eficacia de las medidas existentes, tanto de orden
legislativo como de otro tipo, la Directiva marco establece que las empresas elaboren una
lista de los accidentes de trabajo que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral
superior a tres días de trabajo.
Sobre esta base, en 1990 se emprendió la labor de armonización a escala europea de los
criterios y las metodologías que deberán aplicarse para el registro de los datos sobre los
accidentes de trabajo. La presente publicación sirve de complemento de dicho trabajo y
propone herramientas armonizadas para el análisis de las causas y circunstancias de los
accidentes de trabajo (informaciones que han de recogerse, nomenclaturas y normas de
codificación). Los resultados obtenidos permitirán mejorar el seguimiento de la aplicación de
las directivas y, en su caso, su adaptación a las nuevas necesidades y la instauración de
nuevas políticas a escala comunitaria.
La presente publicación se dirige especialmente a las instituciones nacionales encargadas
del registro y tratamiento de los datos de accidentes de trabajo, como los institutos de
estadística, los seguros y mutualidades y los departamentos de prevención de accidentes y
enfermedades profesionales. De manera general, será útil a los técnicos y expertos del
sector y a las empresas.
Odile QUINTIN Hubert CHARLIER
Directora General Adjunta (en funciones) Director en funciones de
Direcciónl de Empleo Estadísticas Sociales y
y Asuntos Sociales Regionales y Sistema
de Información Geográfica
de Eurostat PRÓLOGO
PROLOGO
Los trabajos del proyecto relativo a la armonización de las Estadísticas Europeas de
Accidentes de Trabajo (EEAT) comenzaron en 1990 bajo la coordinación conjunta de la
Unidad E3 de la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas (EUROSTAT) y de la d EMPL D/6 de la Dirección General de Empleo, Relaciones Laborales y Asuntos
Sociales (DG EMPL).
Estos trabajos tienen por objetivo la armonización de los criterios y métodos que se deben
aplicar para el registro de datos sobre los accidentes laborales. Se desarrollaron en sus
distintas fases como una técnica útil que permite un mejor seguimiento de la aplicación de las
medidas adoptadas con arreglo al artículo 118 A del Tratado con el fin de promover la mejora
del entorno laboral y de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores.
La Directiva marco 89/391/CEE1, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora
de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo, estableció, en efecto, en los
apartados c) y d) del artículo 9, la obligación para los empresarios de elaborar una lista de
accidentes de trabajo que hubieran implicado para el trabajador una incapacidad laboral
superior a tres días, así como la obligación, de conformidad con las legislaciones o con las
prácticas nacionales, de elaborar informes de los accidentes de trabajo de los que hayan sido
víctimas sus trabajadores.
En el mismo contexto, conviene también destacar que el Consejo, en sus Resoluciones de
21 de diciembre de 19872 y de 27 de marzo de 19953, pidió específicamente a la Comisión
que le presentara propuestas para la armonización de las estadísticas de accidentes de
trabajo, y ulteriormente invitó a la Comisión a esforzarse en llevar a buen fin los trabajos en
curso sobre este tema. El programa relativo a la seguridad, higiene y salud en el lugar de
trabajo (1996-2000) prevé también la continuación de la aplicación del proyecto EEAT. Por
último, este proyecto forma parte del programa marco para acciones prioritarias en el ámbito
de la información estadística 1993-19974. Del mismo modo, la Decisión del Consejo de 22 de
diciembre de 1998 relativa al programa estadístico comunitario 1998-20025, que define los
principales ámbitos y objetivos de las estadísticas de la Comunidad Europea, prevé el
establecimiento de series coherentes de datos a nivel europeo que permitan controlar la
salud y la seguridad en el trabajo y la eficacia de la normativa de este ámbito.
Las Fases I y II del proyecto EEAT se aplican respectivamente desde 19936 y 19966.
Incluyen, por una parte, variables destinadas a la definición de la actividad econ

  • Univers Univers
  • Ebooks Ebooks
  • Livres audio Livres audio
  • Presse Presse
  • Podcasts Podcasts
  • BD BD
  • Documents Documents